Transferencias entre cuentas propias: ARCA endurece controles

Actualizó los montos a partir de los cuales se deben informar movimientos y saldos. Multas y bloqueos.

Actualidad29/04/2025Studio341NewsStudio341News
ARCA

Desde el 1° de enero de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que reemplazó a la exAFIP, pondrá en marcha un nuevo esquema de fiscalización sobre las transferencias de dinero entre cuentas bancarias y billeteras virtuales a nombre del mismo titular.

La medida fue oficializada a través de la Resolución General 5512/2024 y obliga a bancos y proveedores de servicios de pago a reportar movimientos, saldos y consumos que superen determinados umbrales. Los límites se actualizarán semestralmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC.

Con esta resolución, el organismo busca reforzar el control sobre las operaciones financieras y combatir maniobras de evasión fiscal y lavado de dinero. El esquema contempla la posibilidad de aplicar sanciones, incluyendo multas, bloqueos preventivos de cuentas y reportes a la Unidad de Información Financiera (UIF).

Qué operaciones deberán informarse

Los nuevos parámetros que disparan la obligación de informar son:

Transferencias superiores a $600.000 entre cuentas propias, ya sea bancarias o de billeteras virtuales.
Saldos iguales o mayores a $1.000.000 en cuentas bancarias o billeteras.
Transferencias por más de $2.000.000 realizadas a través de billeteras virtuales.
Cuando un usuario supere alguno de estos límites sin poder justificar el origen de los fondos, ARCA podrá iniciar una investigación. Si no se presenta la documentación respaldatoria o hay demoras en la respuesta, se activan sanciones: multas económicas, bloqueo temporal de cuentas e incluso reportes a la UIF por operaciones sospechosas.

Qué puede exigir ARCA

Frente a una fiscalización, el organismo podrá requerir:

Facturas de compra o venta de bienes.
Contratos o escrituras de inmuebles, vehículos o acciones.
Recibos de sueldo o comprobantes de jubilación o pensión.
Comprobantes de facturación para monotributistas o autónomos.
Constancia de inscripción en ARCA.
Certificación del origen de fondos firmada por contador público.

Además, podrá pedir detalles específicos sobre las cuentas utilizadas, como tipo de cuenta, CBU o CVU, cantidad de titulares e identificación de las personas involucradas, siempre que los montos superen los valores fijados por la normativa vigente.

Desde el organismo advirtieron que los mecanismos de sanción serán automáticos ante incumplimientos o falta de respuesta dentro de los plazos previstos. El objetivo: estrechar el cerco sobre los movimientos financieros no justificados y avanzar hacia una mayor trazabilidad del dinero.

Te puede interesar
Lo más visto

Suscríbete gratis al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email