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title: "Cambios para lanchas y motos de agua: Prefectura simplificó los trámites y modificó las reglas de navegación"
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description: "La nueva normativa elimina la prohibición automática de navegar por falta de pago de la matrícula anual y establece nuevos requisitos para registrar motores fuera de borda. También incorpora declaraciones juradas y flexibiliza trámites para embarcaciones importadas y exportadas."
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date_published: "2026-08-28T17:15:00-03:00"
date_modified: "2026-08-28T10:55:45-03:00"
tags:
  - "nueva normativa"
  - "prefectura"
  - "rio parana"
author_name: "Studio 341 News"
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# Cambios para lanchas y motos de agua: Prefectura simplificó los trámites y modificó las reglas de navegación

La **Prefectura Naval Argentina** modificó las normas que regulan el **Registro Nacional de Buques**y estableció un nuevo esquema para distintos trámites vinculados con embarcaciones, incluidas lanchas, motos de agua y otras unidades de menor porte.

La medida quedó formalizada mediante la **Disposición 1053/2026**, publicada este viernes en el Boletín Oficial, que **aprobó la Ordenanza 1-26** y dejó sin efecto la normativa vigente desde 2002.

Uno de los principales cambios es que ya no se aplicará de manera automática la prohibición de navegar ante la falta de pago de la Tasa Fija Anual por Renovación de Matrícula. **Según Prefectura, la modificación apunta a agilizar los procedimientos administrativos.**

![Lanchas](/download/multimedia.normal.991430556ec98f87.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

Para las embarcaciones nuevas, además, se incorpora una declaración jurada mediante la cual el propietario deberá acreditar que la unidad se encuentra en condiciones adecuadas de navegabilidad y que quien la conduzca cuenta con la documentación habilitante.

**La nueva regulación también fija un criterio específico para los motores fuera de borda.** Será obligatoria su inscripción cuando tengan una potencia igual o superior a **85 kW**, mientras que para los de menor potencia el trámite será optativo.

En los casos de importación y exportación, los propietarios podrán presentar documentación aduanera emitida por **ARCA**o una declaración jurada.**La normativa entró en vigencia este viernes 28 de agosto.**

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