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title: "ARCA postergó hasta diciembre de 2026 la implementación del Fondo de Asistencia Laboral"
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description: "La medida fue oficializada mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial. La prórroga responde a la extensión del período de carencia de seis a doce meses y busca garantizar la puesta en marcha del nuevo régimen."
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date_published: "2026-10-26T13:15:00-03:00"
date_modified: "2026-10-26T09:42:53-03:00"
tags:
  - "arca"
  - "Fondo de Asistencia Laboral"
  - "prorroga"
author_name: "Studio 341 News"
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category_name: "General"
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# ARCA postergó hasta diciembre de 2026 la implementación del Fondo de Asistencia Laboral

La**Agencia de Recaudación y Control Aduanero**(ARCA) formalizó la postergación de la implementación del **Fondo de Asistencia Laboral**(FAL) hasta el **1 de diciembre de 2026**, en el marco de los cambios introducidos por el **decreto 1.228/2026**.

La decisión quedó establecida a través de la**Resolución General 5.915/2026**, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y responde a la necesidad de adecuar los procedimientos administrativos y tecnológicos al nuevo esquema.

**Uno de los principales cambios fue la extensión del período de carencia, que pasó de seis a doce meses.** El objetivo es garantizar la conformación del patrimonio inicial de los fondos antes de su entrada en funcionamiento.

Según explicó el organismo recaudador, la complejidad y el alcance del régimen justificaron la concesión de un plazo adicional para completar las implementaciones necesarias y realizar las pruebas correspondientes.

**La normativa sostiene que la postergación busca preservar la seguridad jurídica, la previsibilidad y la correcta operatividad del sistema para todos los sujetos alcanzados.**

En cuanto a los aspectos administrativos,**ARCA** estableció que las modificaciones serán aplicables a las declaraciones juradas correspondientes al período devengado diciembre de 2026 y a los meses siguientes. Para efectuar las presentaciones, los empleadores deberán utilizar la versión 48 del sistema «Declaración en línea».

En el marco de la**Ley de Modernización Laboral**, el organismo tendrá a su cargo la derivación de la contribución mensual a la **Cuenta Individual del Empleador**, junto con la**Contribución Unificada de la Seguridad Social**.

De esta manera, la puesta en marcha del FAL contará con un plazo adicional para completar los ajustes operativos previstos.

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