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title: "ARCA estableció el uso obligatorio del sistema SIRE para las retenciones y percepciones de IVA"
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description: "La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5921/2026. El sistema comenzará a regir de manera obligatoria el 1° de abril de 2027 y alcanzará a distintos sectores económicos, entre ellos el agropecuario, financiero y de servicios."
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date_published: "2026-11-03T12:15:00-03:00"
date_modified: "2026-11-03T09:39:24-03:00"
tags:
  - "arca"
  - "economia"
  - "gobierno nacional"
  - "iva"
  - "sire"
author_name: "Studio 341 News"
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category_name: "Actualidad"
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# ARCA estableció el uso obligatorio del sistema SIRE para las retenciones y percepciones de IVA

La**Agencia de Recaudación y Control Aduanero** (ARCA) dispuso la implementación obligatoria del **Sistema Integral de Retenciones Electrónicas**(SIRE) para informar, determinar e ingresar las retenciones y percepciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

La decisión quedó formalizada a través de la **Resolución General 5921/2026**, publicada en el Boletín Oficial, y forma parte del proceso de digitalización y simplificación de los procedimientos fiscales.

Si bien el **SIRE** ya se utilizaba para determinados regímenes de Seguridad Social y Ganancias, su aplicación al **IVA**funcionaba hasta ahora bajo un esquema gradual y optativo.

Según el cronograma establecido,**la norma entrará en vigencia el 1° de diciembre de 2026**, mientras que su utilización será obligatoria a partir del 1° de abril de 2027. No obstante, los contribuyentes podrán incorporarse voluntariamente desde diciembre. La opción será irrevocable y comprenderá la totalidad de los regímenes en los que estén alcanzados.

**Los sectores alcanzados**

La medida incluye regímenes de retención vinculados con honorarios profesionales, servicios públicos, telecomunicaciones, operaciones financieras y actividades agropecuarias, entre otros.

En cuanto a las percepciones, contempla operaciones de venta de bienes muebles, locaciones y prestaciones, además de actividades relacionadas con la comercialización de granos, carnes y hacienda bovina, bubalina y porcina.

Para incorporarse, los agentes deberán ingresar con Clave Fiscal al servicio Sistema Registral, seleccionar Registro Tributario y dar de alta el código correspondiente a SIRE-IVA.

Una vez concretada la inscripción, deberán gestionar la baja de los códigos del sistema SICORE. Sin embargo, las declaraciones juradas y rectificativas correspondientes a períodos anteriores continuarán tramitándose mediante ese aplicativo.

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