Multas en vacaciones: qué requisitos deben cumplir para ser válidas y cuándo pueden anularse

La Defensoría del Pueblo recordó que los radares deben estar homologados por el Inti y autorizados por la ANSV. También detalló qué datos debe incluir una fotomulta y en qué casos corresponde presentar un descargo.
Rosario12/02/2026Studio 341 NewsStudio 341 News
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Con el aumento del tránsito en rutas nacionales y provinciales durante la temporada de vacaciones, la Defensoría del Pueblo provincial difundió una serie de recomendaciones para que los conductores conozcan cuáles son las condiciones que deben cumplir las multas de tránsito para tener validez en todo el país.

Gran parte de los controles de velocidad se realizan mediante radares y sistemas automáticos. Para que estos dispositivos operen de manera legal, deben estar homologados por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti) y contar con autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). Además, su ubicación debe estar aprobada y debidamente señalizada en la vía pública. Si alguno de estos requisitos no se cumple, la infracción puede considerarse nula.

El listado oficial de radares habilitados —tanto fijos como móviles— puede consultarse en el sitio web del Inti. En caso de dudas sobre una fotomulta, la ANSV dispone de una mesa de ayuda telefónica (0800-122-2678) y un correo electrónico para consultas.

Foto Multa

Según la Disposición 104/2009 de la ANSV, la notificación debe incluir datos precisos: identificación del radar, autoridad interviniente, fecha y hora, ruta y kilómetro exactos, velocidad máxima permitida y velocidad registrada, firma del funcionario, matrícula habilitante del operador y datos del juzgado competente. La omisión de alguno de estos elementos puede invalidar el acta.

En controles móviles, además, es obligatoria la señalización previa con carteles y conos, y la identificación del agente actuante. La falta de estos requisitos también constituye causal de nulidad.

La Defensoría recordó que los plazos para presentar descargos varían según la jurisdicción y advirtió que impugnar una multa implica renunciar al pago voluntario con el 50% de descuento. Entre los argumentos válidos para cuestionar una infracción figuran la falta de homologación del radar, defectos formales en el acta o ausencia de notificación fehaciente.

Ante cualquier duda, el organismo invitó a comunicarse a través de sus canales oficiales.

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