
El Gobierno revoca la prohibición del servicio de grúa y remolque en seguros de autos
Studio 341 News
El Gobierno anunció el martes la reversión de la medida que había causado gran controversia y expectativa: la prohibición de que las aseguradoras proporcionaran servicio de grúa y remolque a sus asociados. Esta decisión, que estaba programada para entrar en vigor el próximo mes, ha sido dejada sin efecto, según lo informado por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
La medida, que había generado una serie de interrogantes y solicitudes de información por parte de diversos sectores, incluso había sido respaldada inicialmente por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien indicó que no se revocaría la decisión de modificar el servicio de grúas ofrecido por las compañías aseguradoras en todo el país.
Sin embargo, ahora se confirma que la normativa, que debía entrar en vigor el 1 de julio y que originalmente había sido anunciada para fines de abril, no será implementada, manteniéndose la obligación de las aseguradoras de incluir los servicios de grúa y asistencia mecánica en sus pólizas de autos.
La Resolución 217/2024, que buscaba desregular el sector y promover la competencia bajo el lema de "Proteger al ciudadano", ya había generado reacciones entre algunas compañías de seguros, que habían comenzado a notificar a sus clientes sobre los cambios en los servicios prestados.
Desde la Superintendencia de Seguros, se ha destacado que se ha dejado sin efecto la resolución anterior, restaurando así el servicio de remolque y grúas en los términos previos a su implementación.
La modificación propuesta también habría eximido a las aseguradoras de cubrir una serie de problemas mecánicos y desperfectos, limitando su responsabilidad únicamente a los casos de accidentes, incendios y robos.
Esta medida, impulsada por la SSN, ha generado la reacción de la Asociación de Consumidores y Usuarios de Argentina (ACUDA), que ha decidido emprender una acción colectiva en defensa de los derechos de los consumidores. Su objetivo es invalidar el artículo 2 de la Resolución, que modifica las condiciones del servicio de remolque, privando a los consumidores de un beneficio que antes estaba incluido en sus pólizas de seguro.


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