La AFIP elimina la obligación de registrar contratos de alquiler, pero mantiene beneficios fiscales para quienes lo hagan

Solamente habrá que hacerlo si los propietarios quieren adherirse a beneficios fiscales.

General12/08/2024Studio341NewsStudio341News
Alquileres

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido suprimir la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles, tanto urbanos como rurales. No obstante, aquellos contribuyentes que deseen aprovechar los beneficios fiscales previstos por la ley deberán seguir inscribiendo sus contratos.

Esta medida entra en vigor con la Resolución General 5545/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, y se enmarca en el contexto del Decreto 70/2023 que derogó la ley de Alquileres 27.551. Según la nueva normativa, a partir de hoy, los propietarios ya no están obligados a registrar los contratos en el “Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles (RELI)” para que estos sean válidos.

Sin embargo, aquellos contribuyentes que deseen beneficiarse del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y de los incentivos fiscales relacionados con los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias, Bienes Personales y Ganancias, deberán registrar sus contratos en el RELI antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a la celebración del contrato. La inscripción se realizará a través del sitio web de la AFIP.

Los contratos ya registrados no necesitan ser reinscritos, salvo en caso de modificaciones o actualizaciones.

En línea con estas disposiciones, la Resolución General 5547/2024, también publicada hoy, elimina la obligación para los empleados en relación de dependencia de adjuntar una copia del contrato de alquiler en el servicio SiRADIG para acceder a deducciones del 40% y del 10% sobre los alquileres.

Además, la AFIP ha eliminado previamente el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y ha derogado varias resoluciones que requerían a los productores agropecuarios presentar múltiples declaraciones juradas al año, así como el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el fin de facilitar el comercio exterior.

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