ARCA amplía la obligación de emitir facturas electrónicas: a quiénes alcanza y desde cuándo

La medida fue publicada en el Boletín Oficial y establece un cronograma de incorporación para pequeños contribuyentes y otros sectores que hasta ahora tenían excepciones al régimen general.
Actualidad31/08/2026Studio 341 NewsStudio 341 News

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió el universo de contribuyentes que deberán emitir comprobantes electrónicos o utilizar controladores fiscales. La medida quedó formalizada mediante la Resolución General 5893/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

El nuevo esquema tendrá una implementación gradual. A partir del 1° de noviembre de 2026, la obligación alcanzará a determinados pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.

También quedarán comprendidos quienes estén incorporados al Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.

La segunda etapa comenzará el 1° de marzo de 2027. Desde esa fecha, deberán emitir comprobantes electrónicos los contribuyentes que no estén alcanzados por el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Para cumplir con la nueva normativa, los sujetos alcanzados podrán utilizar los sistemas habilitados por ARCA para generar facturas y el resto de los comprobantes respaldatorios de sus operaciones.

Los comprobantes en papel no desaparecerán por completo: quedarán habilitados como mecanismo de contingencia cuando no sea posible utilizar los medios electrónicos autorizados.

Con la modificación, el organismo avanza en la digitalización de las operaciones comerciales y en una mayor trazabilidad de los movimientos fiscales, incorporando de manera progresiva a sectores que hasta ahora contaban con determinadas excepciones.

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