
El Gobierno desreguló el mercado del gas envasado y limitó su intervención a la fiscalización de seguridad
A través de un decreto se modificó el marco regulatorio del GLP y se limitó la intervención estatal.
Un juzgado federal permitió analizar la validez del decreto de desregulación económica por pedido de una organización. Se ordenó su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos.
Actualidad23/12/2023Un juzgado federal se dispuso a analizar la validez del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación de la economía que anunció el presidente Javier Milei esta semana. Fue tras la petición de una organización que presentó un amparo colectivo contra la medida del mandatario nacional, lo que se convierte en la primera acción de este tipo contra el DNU 70/2023.
Esta mañana el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°2, a cargo de Esteban Furnari, resolvió admitir la acción iniciada por el Observatorio de del Derecho a la Ciudad como amparo colectivo, y en consecuencia, ordenar su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos.
Quiénes presentaron el amparo judicial
Vale recordar que la acción iniciada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad en conjunto con los políticos Hugo “Cachorro” Godoy, Claudio Lozano y Rodolfo Aguiar, fue presentada el mismo día que se publicó el decreto en cuestión.
En el texto argumentaron que la iniciativa del Gobierno nacional constituye una "desviación de poder y un abuso de derecho público, por violar el principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en la dirección de los asuntos públicos directamente o a través de sus representantes”.
Qué objetivo tiene el amparo
Los denunciantes pretender obtener la declaración de inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 y de toda normativa o acto que derive de su vigencia o que fue dictado en su cumplimiento, por violar la Constitución de la Nación Argentina (arts. 29, 33, 36, 76; art. 75, incisos 18 y 19, art. 99, inciso 3) y por constituir el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público.
A través de un decreto se modificó el marco regulatorio del GLP y se limitó la intervención estatal.
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El procedimiento lo lleva a cabo la División de Asuntos Internos por pedido de los fiscales José Luis Caterina y Adrián Spelta, a cargo de la investigación, que se inició a partir de una denuncia de la Municipalidad.