Condenaron al dueño del bar en San Miguel donde una joven murió quemada tras una explosión

El Juzgado en lo Correccional N°3 de San Martín condenó a seis años de prisión a Carlos Eduardo Oliverio por la muerte de Lucía Costa Osores, de 18 años, en 2020. Marina de los Ángeles Ramírez, encargada del bar, fue absuelta.

Actualidad17/11/2023Studio341NewsStudio341News
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El dueño del bar “Zar Burgers & Beers” en San Miguel fue condenado por el Juzgado en lo Correccional N°3 de San Martín a seis años de prisión y 10 de inhabilitación para ejercer actos de comercio por la muerte de Lucía Costa Osores en 2020 tras la explosión de un centro de mesa.

La jueza dictaminó que Carlos Eduardo Oliverio es autor responsable de los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas leves y graves, así como también de violación al artículo 205 del Código Penal que se estableció por la pandemia de Coronavirus.

Acerca de Marina de los Ángeles Ramírez, encargada del bar, el juzgado la absolvió de todos los cargos por los que fue imputada. 

El veredicto se dio a conocer este viernes 17 de noviembre pasadas las 12 del mediodía en el canal de YouTube de la Suprema Corte Bonaerense.

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 Lucía junto con sus amigos y con el centro de mesa prendido minutos antes del hecho fatal

A pedido de la fiscalía y la querella, se dispuso la inmediata detención del dueño del bar, mientras que se libró de culpa y cargo a la encargada. 

Sobre de Priscila Lucca, la moza que encendió el centro de mesa en cuestión, será juzgada en otro juicio ya que frente al Tribunal volvió a ratificar que no está en condiciones psiquiátricas para llevar a cabo el debate.

De esta manera, a fines de octubre y para que no se suspenda por segunda vez el juicio, los jueces decidieron que la joven sea expuesta a otro debate bajo la misma imputación. El mismo se realizará en 2024 ya que el resultado de las pericias psicológicas estarán en diciembre.

Durante los alegatos, la fiscalía pidió siete años de cárcel para los acusados al sumarle, al homicidio y las lesiones, el incumplimiento del Artículo 205 del Código Penal que se estableció durante la pandemia de Coronavirus y que explaya que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

Con respecto a la defensa de la víctima, pidió cinco años de prisión con cumplimiento efectivo. 

Antes de la lectura de sentencia, la familia de Lucia convocó a una concentración en la puerta del Juzgado, ubicado en la avenida Ricardo Balbín 1753: "No nos dejen solos".

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