
Los laboratorios, en alerta por la nueva agencia de control de medicamentos
La creación inminente de la agencia que regulará el financiamiento de tecnologías sanitarias generó “incertidumbre” en el sector.
El Ejecutivo introdujo cambios en el sistema de aportes de los agentes de salud y modificó limitaciones en el accionar de las entidades.
Actualidad10/07/2024El Gobierno ha decidido equiparar las contribuciones de las empresas de medicina prepaga con las de las obras sociales al Fondo Solidario de Redistribución, según el Decreto 600/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial.
Esta medida implica la unificación de las tasas de contribución al 15%, eliminando el 20% anteriormente establecido para las empresas de medicina prepaga. Además, se derogó el artículo 19 bis de la Ley 23.660, que exigía un aporte adicional del 20% sobre los ingresos adicionales.
La justificación del Gobierno se basa en asegurar una distribución equitativa de los beneficios del fondo, corrigiendo desequilibrios y promoviendo la transparencia y la equidad en el sistema de salud.
Asimismo, el decreto clarifica las condiciones bajo las cuales las entidades pueden ofrecer planes superiores, fortaleciendo así la capacidad del sistema para adaptarse a las necesidades cambiantes de la sociedad.
Asimismo, el decreto también modificó los alcances del accionar de los Agentes del Seguro de Salud, estableciendo que no podrán:
Supeditar la afiliación al cumplimiento de ningún requisito no previsto en la ley o sus reglamentaciones;
Efectuar discriminación alguna para acceder a la cobertura básica obligatoria.
Realizar examen psico-físico o equivalente, cualquiera sea su naturaleza, como requisito para la admisión;
Establecer períodos de carencia.
Decidir unilateralmente sin causa la baja del afiliado.
Estas medidas buscan simplificar y mejorar la eficiencia del sistema de recaudación, promoviendo condiciones igualitarias para todas las entidades involucradas en beneficio del fortalecimiento del Fondo Solidario de Redistribución.
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